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Cómo cambiar de administrador de fincas: checklist en 4 pasos

9 min lecturaActualizado: 24 Mar 2026
Cómo cambiar de administrador de fincas: checklist en 4 pasos

En resumen

Lo más importante

Cambiar de administrador es más sencillo de lo que parece. Solo necesitas convocar una Junta, incluir el punto en el Orden del Día y una mayoría simple. Aquí tienes el paso a paso exacto.

¿Tu comunidad lleva meses queriendo cambiar de administrador pero nadie sabe por dónde empezar? Es más sencillo de lo que parece. El proceso tiene 4 pasos, requiere mayoría simple y no necesita unanimidad ni justificar el motivo. Aquí tienes la guía exacta para hacerlo sin que el administrador saliente pueda poner ninguna pega.

En 30 segundos: Convoca una Junta (ordinaria o extraordinaria), incluye el cese en el Orden del Día, apruébalo por mayoría simple y el nuevo administrador se encarga del traspaso. Así de sencillo.


¿Cómo sabes que ha llegado el momento?

Antes de hablar del procedimiento, merece la pena confirmar que el problema es real y no una mala racha puntual. Estas son las señales de que la relación con el administrador ha llegado a un punto sin retorno:

1. No responde o tarda días en contestar. La gestión de incidencias urgentes (una avería, una filtración) requiere disponibilidad. Si tienes que llamar tres veces para que te devuelvan la llamada, el servicio no es el que se contrató.

2. Las cuentas no cuadran o no son transparentes. No te presenta liquidaciones periódicas, las partidas son demasiado genéricas o detectas pagos a proveedores sin justificante. La opacidad en la gestión económica es una señal de alarma seria.

3. Las juntas se retrasan o se celebran sin convocatoria formal. La Junta ordinaria debe convocarse al menos una vez al año. Si lleváis más de 14 meses sin celebrarla, hay un incumplimiento claro del Art. 16 LPH.

4. Siempre trabaja con los mismos proveedores sin pedir más presupuestos. Es el indicio clásico de que hay intereses ocultos detrás de las contrataciones. Para obras relevantes, la buena praxis exige al menos tres presupuestos comparables.

5. Los vecinos tienen que llamar directamente a los proveedores. Si el ascensor lleva averiado una semana y el administrador no ha dado parte, el servicio ha dejado de funcionar.

6. El seguro de la comunidad lleva años sin revisarse. Un buen administrador revisa las coberturas y condiciones del seguro con cada renovación. Si la póliza tiene 6 años y nadie la ha tocado, probablemente estáis sobrepagando o infrasegurados.

7. Las actas no se envían o llegan tarde y con errores. El acta debe enviarse a todos los propietarios en el plazo que marquen los estatutos (habitualmente 10 días). Errores en los acuerdos o demoras son señales de dejadez.

8. Sensación general de que "nadie lleva esto". A veces no hay un error concreto sino una percepción continua de abandono: el portal lleva semanas sin limpiar, la ITV del ascensor caducó, el certificado energético no está al día. El administrador es el responsable de vigilar todo eso.

Si reconoces tres o más de estas señales, es el momento de actuar.


Paso 1 — Convoca la Junta de Propietarios

No hace falta esperar a la reunión anual. Si la situación es urgente, el Presidente puede convocar una Junta Extraordinaria en cualquier momento.

La convocatoria debe enviarse a todos los propietarios con la antelación suficiente (mínimo 6 días naturales, salvo que los estatutos exijan más) indicando:

  • Fecha, hora y lugar de celebración
  • El Orden del Día completo

Si el Presidente no quiere convocarla, los propietarios que representen el 25% de las cuotas de participación pueden solicitarlo formalmente y exigir que se convoque. La solicitud debe hacerse por escrito (burofax o similar con acuse de recibo) y el Presidente está obligado a convocarla en el plazo razonable.

Un consejo práctico: Si ya tienes candidato a nuevo administrador, puede redactarte la convocatoria correctamente. Así te aseguras de que el proceso no tenga defectos formales que el saliente pueda usar para impugnarlo.


Paso 2 — Incluye el punto exacto en el Orden del Día

Este es el paso más importante para que el proceso sea irreprochable. El Orden del Día debe incluir literalmente este punto:

"Cese del actual Administrador de Fincas y nombramiento de nuevo Administrador."

Si el punto no está en el Orden del Día tal como quedó reflejado en la convocatoria, el acuerdo adoptado podría ser impugnado por el administrador saliente. No improvises la redacción el día de la Junta.

Algunos presidentes cometen el error de incluir solo "cese del administrador" sin el nombramiento del nuevo, o al revés. Incluye siempre ambos puntos en uno solo para que quede claro que la sustitución es simultánea.


Paso 3 — La votación (es más fácil de lo que crees)

El día de la Junta, se presentan los presupuestos de los candidatos a sustituirle. Para aprobar el cese y nombrar al nuevo administrador, la Ley de Propiedad Horizontal solo exige mayoría simple.

Mayoría simple significa más votos a favor que en contra de los propietarios presentes o representados en la Junta. No hace falta unanimidad. No hace falta que voten todos los vecinos del edificio. El administrador saliente tampoco puede veto el proceso, incluso si asiste como propietario.

Consejo clave: Busca y selecciona al nuevo administrador antes de celebrar la Junta. ¿Por qué?

  1. El nuevo administrador te redactará correctamente la convocatoria y el Orden del Día para que no haya errores formales impugnables.
  2. Ir a la Junta con una alternativa concreta y un precio claro es mucho más fácil de aprobar que cesar al actual "en el vacío".
  3. Evitas el período de desprotección entre el cese y el nombramiento.

¿Qué pasa con el contrato vigente? Si el administrador tiene contrato en vigor y lo cesas antes de su vencimiento, podría reclamar los honorarios de los meses restantes. En la práctica, esto rara vez llega a reclamación formal, y cuando llega, suele resolverse con una pequeña liquidación. Nunca es un motivo para no cesar a un administrador que no cumple.


Paso 4 — Notificación y traspaso de documentación

Una vez adoptado el acuerdo en Junta y reflejado en el acta, el nuevo administrador toma el relevo de todo el trabajo sucio. Es él quien notifica formalmente al administrador saliente y le exige por ley la entrega de (consulta la lista completa con plazos legales):

DocumentoPor qué es crítico
Libro de Actas originalRegistro histórico de todos los acuerdos de la comunidad
Claves de la cuenta bancariaPara recuperar el control total de las finanzas
Contratos de mantenimientoAscensores, limpieza, jardinería, seguros...
Certificado digital de la comunidadPara operar con administraciones públicas
Facturas y justificantes contablesTrazabilidad de todos los gastos
Seguro de la comunidadPóliza, número de siniestros recientes y vencimiento
Lista de propietarios y deudoresEstado actualizado de cuotas y morosidad

Importante: El administrador saliente no puede negarse a entregar la documentación aunque alegue que se le debe dinero. La documentación es propiedad de la comunidad, no suya. Retenerla es constitutivo de apropiación indebida. Si se niega, el nuevo administrador sabe cómo presionar — y si hace falta, hay vía legal.

El plazo estándar para la entrega es de 10 a 15 días desde la notificación. Si el saliente no entrega en plazo, el nuevo administrador envía un burofax con requerimiento formal y plazo definitivo. Si aun así no entrega, la vía es la denuncia por apropiación indebida (Art. 253 del Código Penal).


El error más frecuente: cesar sin tener sustituto

El error número uno de los presidentes es cesar al administrador actual "en caliente", en una Junta tensa, sin tener uno nuevo preparado.

El resultado: la comunidad se queda descubierta, el traspaso de documentación se convierte en una batalla larga y nadie sabe a quién llamar cuando hay una avería.

La regla de oro: primero el nuevo, luego el cese.


Qué exigirle al nuevo administrador antes de firmar

Cambiar de administrador tiene poco sentido si el nuevo repite los mismos problemas. Antes de firmar el contrato con el sustituto, asegúrate de que:

  • Está colegiado en el Colegio de Administradores de Fincas de tu provincia. La colegiación garantiza seguro de responsabilidad civil y formación continua.
  • Te explica claramente qué está incluido en sus honorarios y qué tiene coste adicional. Los "extras" son la fuente de conflictos más habitual.
  • Te propone una periodicidad de informes (mensual o trimestral) y te da acceso a las cuentas de la comunidad en tiempo real.
  • Tiene experiencia en edificios similares al tuyo en tamaño y antigüedad.
  • Te da referencias de otras comunidades que gestiona y con las que puedas hablar.

Preguntas frecuentes

¿Necesito causa justificada para cesarlo?

No. La Junta puede decidir cesar al administrador sin dar ningún motivo. La relación se basa en la confianza, y cuando la Junta pierde esa confianza, tiene derecho a poner fin al mandato. Si lo cesas antes de que venza su año de contrato, podría reclamar los honorarios de los meses restantes, pero eso es negociable y a menudo no llega a ningún sitio.

¿Puede el administrador asistir a la Junta donde se debate su cese?

Sí, si es propietario tiene derecho de asistencia como vecino. Sin embargo, cuando se debate su cese existe un conflicto de intereses evidente. Si su voto fuera decisivo para bloquear su propio despido, cabría impugnación judicial por abuso de derecho según el Art. 18 LPH.

¿Cuánto tarda el proceso completo?

Desde que se envía la convocatoria hasta que el nuevo administrador está operativo: entre 3 y 6 semanas en condiciones normales. El cuello de botella suele ser la entrega de documentación por parte del saliente. Si coopera, el traspaso se completa en 2-3 semanas.

¿El nuevo administrador nos cobra por el traspaso?

La mayoría de administradores profesionales asumen la gestión del traspaso sin coste adicional. Es parte del servicio que contratas. Pregúntalo antes de firmar: si el nuevo te cobra por la gestión del traspaso, es una señal de alerta.

¿Qué pasa si el administrador también es el Secretario?

En comunidades pequeñas es habitual que el mismo profesional ejerza ambos cargos. Al cesarlo, también pierde el cargo de Secretario. El acta del cese puede ser firmada por el Presidente (que también puede asumir temporalmente las funciones de Secretario hasta el nombramiento del nuevo).

¿Puede el administrador saliente bloquear la cuenta bancaria de la comunidad?

No. La cuenta es de la comunidad, no del administrador. Si detectas que el administrador ha realizado algún movimiento irregular en los días previos al cese, comunícalo inmediatamente al banco y al nuevo administrador. Hay mecanismos para bloquear la cuenta preventivamente.


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