Cuándo usarla
Cuando la junta va a aprobar unos estatutos nuevos o a cambiar los existentes. El acta recoge la votación con los nombres de quienes votan; después se comunica el acuerdo a los ausentes, que tienen 30 días naturales para oponerse. Pasado el plazo, el secretario emite el certificado del acuerdo para elevarlo a escritura pública e inscribirlo en el Registro de la Propiedad.
Base legal
Art. 14.d LPH: corresponde a la junta aprobar o reformar los estatutos. Art. 17.6 LPH: los acuerdos no regulados expresamente en el artículo 17 que aprueben o modifiquen las reglas del título constitutivo o de los estatutos requieren la unanimidad del total de los propietarios y de las cuotas. Art. 17.8 LPH: se computan como favorables los votos de los ausentes debidamente citados que, informados del acuerdo, no manifiesten su discrepancia al secretario en 30 días naturales. Art. 19.2 LPH: contenido del acta. Art. 5 LPH: el estatuto no perjudica a terceros si no se inscribe en el Registro de la Propiedad. Art. 3 de la Ley Hipotecaria: para inscribir, escritura pública.
Elige la versión
Las dos sirven para convocar legalmente. Descarga la que mejor encaje con tu junta.
Acta de la junta: aprobación o modificación
El acta con la votación nominal del acuerdo, la redacción aprobada de los artículos y la advertencia a los ausentes.
ACTA DE LA JUNTA DE PROPIETARIOS
[APROBACIÓN / MODIFICACIÓN] DE LOS ESTATUTOS DE LA COMUNIDAD
──────────────────────────────────────────────────────────
Comunidad de Propietarios: [NOMBRE O DIRECCIÓN]
Domicilio: [DIRECCIÓN COMPLETA, CÓDIGO POSTAL, MUNICIPIO]
Junta [ordinaria / extraordinaria] celebrada el [DÍA] de [MES] de
[AÑO], a las [HH:MM] horas, en [primera / segunda] convocatoria, en
[LUGAR].
Convocada por: [el/la Presidente/a / los propietarios promotores:
NOMBRES] (artículo 19.2.b LPH).
──────────────────────────────────────────────────────────
ASISTENTES Y REPRESENTADOS
Propietario/a | Piso/Local | Cuota (%)
-----------------------------------|------------|----------
[NOMBRE] | [REF.] | [X,XX]
[NOMBRE - representado por NOMBRE2] | [REF.] | [X,XX]
Total: [N] propietarios de [TOTAL], que suman el [ %] de las cuotas.
Preside: D./Dña. [NOMBRE]. Secretario/a: D./Dña. [NOMBRE].
──────────────────────────────────────────────────────────
PUNTO [N] DEL ORDEN DEL DÍA:
[APROBACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA COMUNIDAD / MODIFICACIÓN DE LOS
ARTÍCULOS [NÚMEROS] DE LOS ESTATUTOS]
Se da lectura a la propuesta, que se adjunta como anexo a esta acta.
[Resumen de lo que se cambia y por qué.]
Votación nominal:
Propietario/a | Piso/Local | Cuota (%) | Voto
-----------------------------------|------------|-----------|---------
[NOMBRE] | [REF.] | [X,XX] | A favor
[NOMBRE] | [REF.] | [X,XX] | En contra
[NOMBRE] | [REF.] | [X,XX] | Abstención
Resultado: votan a favor todos los asistentes y representados, que
suman [N] propietarios y el [ %] de las cuotas.
[Si algún asistente vota en contra, no hay unanimidad y el acuerdo
no se aprueba. Indíquelo así: «Al no alcanzarse la unanimidad
exigida por el artículo 17.6 LPH, la propuesta no se aprueba.»]
ACUERDO:
1. [Aprobar los estatutos de la comunidad / Modificar los
artículos [NÚMEROS] de los estatutos], con la redacción del
anexo, por unanimidad de los presentes y representados.
2. Comunicar el acuerdo a los propietarios ausentes, que podrán
manifestar su discrepancia al secretario en el plazo de 30 días
naturales; si no lo hacen, su voto se computará como favorable
(artículo 17.8 LPH).
3. Facultar al/a la Presidente/a para que, pasado ese plazo sin
oposición, eleve el acuerdo a escritura pública y solicite su
inscripción en el Registro de la Propiedad (artículo 5 LPH).
──────────────────────────────────────────────────────────
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las
[HH:MM] horas.
[FIRMA] [FIRMA]
El/La Presidente/a El/La Secretario/a
[NOMBRE] [NOMBRE]
Anexo: redacción de los estatutos o de los artículos modificados.
──────────────────────────────────────────────────────────
AVISO: el acta debe cerrarse con las firmas del presidente y del
secretario al terminar la junta o en los 10 días naturales
siguientes (artículo 19.3 LPH). Los acuerdos se pueden impugnar en
el plazo del artículo 18 LPH.Sustituye todos los campos entre [CORCHETES] con los datos reales de tu comunidad.
Vista previa — Comunicación del acuerdo a los ausentes
COMUNICACIÓN DEL ACUERDO DE [APROBACIÓN / MODIFICACIÓN] DE ESTATUTOS A LOS PROPIETARIOS AUSENTES (artículo 17.8 LPH) ────────────────────────────────────────────────────────── Comunidad de Propietarios [NOMBRE O DIRECCIÓN] NIF: [H00000000] A: D./Dña. [NOMBRE Y APELLIDOS] Propietario/a del piso/local [REFERENCIA] En [LOCALIDAD], a [DÍA] de [MES] de [AÑO] ────────────────────────────────────────────────────────── Le comunicamos que la Junta de Propietarios celebrada el [FECHA], a la que fue debidamente citado/a y no asistió, acordó [aprobar los estatutos de la comunidad / modificar los artículos [NÚMEROS] de los estatutos], con la redacción que se adjunta. El acuerdo requiere unanimidad (artículo 17.6 LPH). Si no está de acuerdo, puede comunicar su discrepancia al secretario de la comunidad en el plazo de 30 días naturales desde que reciba esta comunicación, por cualquier medio que deje constancia de la recepción: Secretario/a: [NOMBRE] Dirección: [DIRECCIÓN] Correo electrónico: [CORREO] Si no manifiesta su discrepancia en ese plazo, su voto se computará como favorable al acuerdo (artículo 17.8 LPH). Atentamente, [FIRMA] El/La Secretario/a [NOMBRE] Se adjunta: redacción aprobada de los estatutos o de los artículos modificados.
Vista previa — Certificado del acuerdo para el notario
CERTIFICADO DEL ACUERDO DE [APROBACIÓN / MODIFICACIÓN] DE ESTATUTOS ────────────────────────────────────────────────────────── D./Dña. [NOMBRE Y APELLIDOS], Secretario/a de la Comunidad de Propietarios [NOMBRE O DIRECCIÓN], con NIF [H00000000] y domicilio en [DIRECCIÓN COMPLETA], finca registral n.º [NÚMERO] del Registro de la Propiedad de [LOCALIDAD] n.º [NÚMERO], CERTIFICA: ────────────────────────────────────────────────────────── PRIMERO. Que, según consta en el libro de actas de la comunidad, la Junta [ordinaria / extraordinaria] de Propietarios celebrada el [DÍA] de [MES] de [AÑO], en [primera / segunda] convocatoria, acordó [aprobar los estatutos de la comunidad / modificar los artículos [NÚMEROS] de los estatutos], con la redacción que figura como anexo. SEGUNDO. Que votaron a favor los propietarios asistentes y representados que se relacionan, que suman [N] propietarios y el [ %] de las cuotas de participación: Propietario/a | Piso/Local | Cuota (%) -----------------------------------|------------|---------- [NOMBRE] | [REF.] | [X,XX] [NOMBRE] | [REF.] | [X,XX] TERCERO. Que el acuerdo se comunicó a los propietarios ausentes conforme al artículo 9 LPH, en las fechas que se indican, y que ninguno manifestó su discrepancia en el plazo de 30 días naturales, por lo que sus votos se computan como favorables (artículo 17.8 LPH): Propietario/a | Piso/Local | Comunicado el -----------------------------------|------------|-------------- [NOMBRE] | [REF.] | [DD/MM/AAAA] CUARTO. Que, en consecuencia, el acuerdo se ha adoptado por la unanimidad del total de los propietarios, que representan el total de las cuotas de participación (artículo 17.6 LPH). QUINTO. Que la junta facultó a D./Dña. [NOMBRE], [Presidente/a], para elevar el acuerdo a escritura pública y solicitar su inscripción en el Registro de la Propiedad. Y para que conste, expido este certificado con el visto bueno del/de la Presidente/a, en [LOCALIDAD], a [DÍA] de [MES] de [AÑO]. [FIRMA] [FIRMA] El/La Secretario/a Visto bueno, El/La Presidente/a [NOMBRE] [NOMBRE] Anexo: redacción aprobada de los estatutos o de los artículos modificados.
Documento orientativo
Esta plantilla ha sido revisada por expertos en Propiedad Horizontal y está actualizada a la LPH vigente. Es un modelo orientativo; adáptalo a las circunstancias específicas de tu comunidad. Para situaciones complejas o litigiosas, consulta con un abogado especializado.
Preguntas frecuentes
¿Qué mayoría hace falta para aprobar o cambiar los estatutos?
La unanimidad del total de los propietarios que, a su vez, representen el total de las cuotas (artículo 17.6 LPH). Hay cambios con mayoría propia en el artículo 17 aunque toquen los estatutos: por ejemplo, limitar o prohibir los pisos turísticos requiere tres quintos (artículo 17.12).
¿Qué pasa con los propietarios que no fueron a la junta?
Si estaban bien citados, se les comunica el acuerdo y tienen 30 días naturales para oponerse por escrito al secretario. Si no lo hacen, su voto cuenta a favor (artículo 17.8 LPH). Por eso el acuerdo no queda cerrado hasta que pasa ese plazo.
¿Hay que inscribir los estatutos en el Registro de la Propiedad?
Para que obliguen a terceros, como quien compre un piso más adelante, sí: el estatuto no inscrito no les perjudica (artículo 5 LPH). Para inscribirlo hay que elevar el acuerdo a escritura pública ante notario con el certificado del secretario y presentarla en el Registro.
¿Las normas de régimen interior también necesitan unanimidad?
No. Las normas de régimen interior regulan la convivencia y el uso de las zonas comunes y se aprueban con la mayoría ordinaria del artículo 17.7 LPH (artículo 6). Los estatutos, en cambio, forman parte del título y requieren unanimidad.